18 de diciembre de 2025 | 18:20
DEONTOLOGÍA PROFESIONAL, PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Como todos los profesionales, los Detectives Privados tienen unas normas de conducta que deben conocer y que se reflejan en su Código deontológico, o conjunto de normas generales de conducta y actuación profesional, destinadas a preservar la buena ejecución de la profesión, sin perjuicio del cumplimiento de las normas reguladoras de la profesión incluidas en el Ordenamiento jurídico.
Los principios fundamentales que rigen el ejercicio profesional del Detective Privado son:
1. Independencia frente a cualquier tipo de presión externa (procedente de los clientes o de terceros) o interna (procedente de sus propios intereses), un principio que garantiza al cliente que sus intereses serán defendidos con objetividad.
2. Honestidad, un principio que implica un modo de actuar diligente y leal y que se relaciona directamente con otros dos principios fundamentales, veracidad y dignidad.
3. Veracidad, respecto a la información que incluya en el informe y presente ante su cliente y ante la Administración Judicial o de Seguridad pertinentes, para ello, los Detectives deben gozar de una especial libertad de expresión, que ejercerán, con responsabilidad, en la redacción de su informe y en el momento de la ratificación.
Hay que tener en cuenta que el detective sólo debe de informas de aquellos hechos que, relacionados con el objeto de su investigación, sean veraces y pueda acreditar su origen legítimo, sin omitir informaciones esenciales
4. Interés del cliente. El Detective Privado priorizar los intereses de su cliente, aunque se contrapongan a los suyos propios, o a los de cualquier otra persona.
En caso de surgir un conflicto de intereses, el deber de todo Detective es comunicárselo a su cliente y abandonar la investigación.
5. Dignidad. El Detective Privado debe actuar conforme a las normas de honor y de dignidad de la profesión y al Ordenamiento jurídico.
6. Sigilo profesional. El Detective Privado tiene el derecho y el deber de guardar secreto profesional de todos los hechos y noticias que conozca por razón de su actuación profesional.
7. Incompatibilidades. El Detective Privado debe respetar el régimen de incompatibilidades vigente para el ejercicio de la profesión.