7 de diciembre | 09:10
El análisis comparativo de textos manuscritos y firmas se fundamenta en el origen cerebral de la escritura y en principios fundamentales y leyes reconocidas y avaladas universalmente que reconocen como axioma principal, la individualización de la escritura.
La escritura es un acto neurofisiológico puesto que nace de la actividad neuronal, que se inicia en los lóbulos centrales (centro de elaboración psíquica) y occipitales (imágenes visuales), se dirige hacia el tálamo e hipotálamo (centro de coordinación de la mímica) y llega hasta la medula, que transmite la orden de escribir a los músculos del antebrazo, brazo, codo, muñeca, mano y dedos – especialmente el pulgar e índice – que con movimientos de extensión (arriba), flexión (abajo), aducción (derecha) aducción (izquierda) y rotación ejecutan los distintos rasgos gráficos: perfiles, plenos, dextrógiros, sinistrógiros o levógiros. (Viñals-Puente, Pericia caligráfica judicial. Edit. Herder 2.001).
Como afirma Max Pulver (Symbolikder Handschrift, Orell Füssli-Verlag, Zürich 1950) es el cerebro, y no la mano, el que escribe y el que influye de forma directa para que se produzcan las peculiaridades esenciales e individuales de la escritura, así, debido a que el cerebro de cada persona es distinto, producirá unas peculiaridades escriturales propias que determinan el contenido esencial de la expresión gráfica de cada persona, es decir, que constituirán su propio ductus.
Saint-Morant lo definiría como la marca de la personalidad, para Augusto Vels el gesto gráfico determina los rasgos y actitudes constantes que permite identificar al autor a través de la escritura, pues en cada escritura existe una modalidad de rasgo o de letra que llama la atención porque imprime al trazado una fisonomía especial, característico de cada persona y de cada escritura, denominado gesto-tipo que ningún otro podría reproducir de la misma manera.
Una vez que el acto escritural, y con él, el gesto gráfico, se han automatizado, se convierte en estable respecto a sus características gráficas esenciales, y, por tanto, permitirán la identificación del gesto gráfico mediante el correspondiente estudio crítico pericial, sin que ello se vea afectado por las normales modificaciones causadas por la evolución personal. Incluso en aquellos casos en que se pierde la mano útil para la escritura, con el ejercicio práctico adecuado, la otra mano reproducirá las mismas peculiaridades escriturales, pues sea cual sea el órgano empleado en la escritura, si está suficientemente entrenado, reproducirá los gestos gráficos ya que su forma y características dependen del cerebro y no del órgano utilizado.
El insigne escribano (perito calígrafo) de la Corte del Sena y presidente de la Sociedad Técnica de Expertos en Escrituras, Solange Pellat, estableció, en su libro Les lois de l'écriture - Librairie Vuibert (1.927), un PRINCIPIO FUNDAMENTAL, según el cual, las leyes de la escritura son independientes del alfabeto empleado, y formuló las cinco LEYES DE LA ESCRITURA:
1ª LEY DEL IMPULSO CEREBRAL: El gesto gráfico está sometido a la influencia inmediata del cerebro. El órgano que escribe no modifica la forma de aquél si funciona normalmente y está adaptado a su función.
2ª LEY DE LA ACCIÓN DEL YO: Cuando uno escribe, el "yo" está en acción, pero el sometimiento casi inconsciente de esta actuación pasa por alternativas de mayor o menor intensidad. Adquiere el máximo cuando tiene que realizar un esfuerzo, es decir; en los comienzos, y el mínimo, cuando el movimiento de la escritura viene secundado por el impuso adquirido, es decir, en los finales.
3ª LEY DE LA MARCA DEL ESFUERZO: No se puede modificar voluntariamente en un momento dado la escritura natural más que dejando una señal del esfuerzo realizado para lograr el cambio.
4ª LEY DE LA PERMANENCIA DE LOS CARACTERES: El que escribe en circunstancias en que el acto de escribir es particularmente difícil, traza instintivamente, o bien formas de letras que le son habituales, o bien formas sencillas o fáciles de construir.
5ª LEY DE LA INDIVDUALIDAD DE LA ESCRITURA: Cada individuo posee una escritura que le es propia y que se diferencia de la de los demás (Ley formulada por Jean Gayet: Manual de la Policía Científica, Ed. Zeus, Barcelona 1.962).
Las Leyes de la escritura son principios fundamentales de la grafología y la grafística que, basadas en la teoría del impulso cerebral, explican que es el cerebro el órgano que controla los movimientos del cuerpo, hombro, brazo, y mano, de manera que es dicho órgano el que determina la forma de los trazos que se realizan en el acto de escribir.
Estas leyes son la base para identificar manuscritos y entender la personalidad tras la letra.
En base a estas leyes y principios fundamentales, el perito habituado a las técnicas de examen de textos y firmas manuscritas que cuenta con los textos indubitados adecuados para el cotejo, obtendrá, sin duda, un resultado favorable en la individualización del gesto gráfico, porque habrá identificado y valorado adecuadamente los aspectos gráficos esenciales y los accesorios (Jean Gayet).
Así, podemos concluir diciendo que, con independencia del modelo caligráfico aprendido, la escritura constituye un acto individual y personal que contiene una serie de características gráficas particulares que la hacen única, diferente a la de los demás, y, por tanto, con pleno valor individualizador e identificador.